Del Reglamento del Centro de Lenguas
Capítulo VII – Régimen de asistencia
Artículo 35 -
Para aprobar el curso los alumnos deberán tener un mínimo de 75% de asistencia y todas las cuotas abonadas, a partir de su fecha de ingreso. En caso de inasistencias debidamente justificadas por razones de fuerza mayor, el porcentaje de asistencia no debe ser inferior al 50%.
Artículo 37 -
Todo alumno que incurra en cinco (5) inasistencias consecutivas, sin previo aviso o justificación al docente a cargo del curso y/o a la Secretaría del Centro, será dado de baja.
Capitulo VIII: Sistema de evaluación y calificación
Artículo 42 -
La nota de aprobación de cada prueba, trabajo práctico integrador, recuperatorio y la del examen final (oral) deberá ser de sesenta (60) o más puntos en una escala del 0 al 100, equivaliendo ese puntaje (60) al 60% aprobado de la evaluación.
Artículo 43 -
En los exámenes finales se asignará un puntaje de hasta 100 puntos a la parte oral y de hasta 100 puntos a la escrita. Ambas partes son promediables siendo cada una de ellas eliminatoria.
Artículo 45 -
Para ser promovido al nivel inmediato superior, tanto en los cursos regulares como en los intensivos, el alumno deberá cumplir con las siguientes condiciones:
- aprobar el trabajo práctico integrador con un mínimo de 60 puntos (60% de exigencia = 60 puntos)
- aprobar la evaluación oral (60% de exigencia = 60 puntos)
- cumplir con el 75% de asistencia.
EL EXAMEN FINAL SE RINDE ÚNICAMENTE EN EL SEMESTRE EN CURSO. FINALIZADO EL CURSADO DEBE RENDIR EL EXAMEN FINAL ORAL CORRESPONDIENTE EN LAS FECHAS ASIGNADAS, INDEFECTIBLEMENTE, PARA ACREDITAR LA APROBACIÓN Y RETIRAR SU CERTIFICADO. NO HAY OTRAS INSTANCIAS DE EXAMEN.